
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- Seguimos recordándote las limitaciones que tenemos para circular en el actual estado de alerta. ‼️ Estas medidas son de obligado cumplimiento para residentes y turistas.
- ‼️ 🇬🇧The government of Spain yesterday declared a National State of Alarm due to a health emergency. It includes important measures to restrict, amongst other things, movement and commerce for at least the next 15 days. 👉 These measures also affect our visitors.
- ‼️🇩🇪 Die spanische Regierung hat gestern Abend im ganzen Land den Alarmzustand ausgerufen und eine Ausgangssperre verhängt. Die Maßnahme gilt zunächst 15 Tage lang. Bürger dürfen das Haus nur noch verlassen, um zur Arbeit zu gehen oder um lebensnotwendige Besorgungen zu machen. 👉🏽Diese Maßnahmen betreffen auch unsere Besucher.
- PUESTO DE LA GUARDIA CIVIL DE VALLE GRAN REY
BANDO
Cristopher E. Marrero Galván, como Alcalde Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Valle Gran Rey, a través del presente BANDO, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.1.e y 84.1.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 41.13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
HAGO SABER:
Que en virtud de Decreto de esta Alcaldía Núm. 64/2020, de 15 de marzo de 2020, se ha dispuesto que:
“(…) Resultando que el 30 de enero de 2020, el Director de la Organización Mundial de la Salud declaró el brote de nuevo coronavirus 2019 (nCoV) en la República Popular de China una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, considerando que es posible interrumpir la propagación del virus, siempre que los países adopten medidas firmes para detectar la enfermedad de forma precoz, aislar y tratar casos, hacer seguimiento de contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.
Resultando que en virtud de lo anterior, se han dictado por el Ministerio de Sanidad unos Protocolos y unas Recomendaciones, de constante actualización, en los que se dictan los procedimientos de actuación frente a casos de infección por el nuevo coronavirus COVID-19.
Resultando que la aglomeración de personas que la celebración de fiestas y eventos donde concurre gran número de personas, junto con la incertidumbre mundial que esta nueva enfermedad genera, recomienda suspender o aplazar temporalmente tales eventos, en función de la evolución de la situación sanitaria.
Resultando que en el ejercicio de sus competencias, y en el ámbito territorial de toda la comunidad Autónoma de Canarias, la Consejera de Sanidad del Gobierno de Canarias ha dictado la Orden de 11 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas de intervención Administrativa de protección de la salud, relativas a la suspensión o aplazamiento de actividades colectivas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, con una vigencia temporal de 15 días naturales.
Resultando que las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria autonómica consisten en la realización a puerta cerrada de los grandes eventos deportivos profesionales, nacionales e internacionales, que tengan una gran afluencia de aficionados; la suspensión o aplazamiento de las actividades colectivas en espacios cerrados o abiertos que impliquen, o se estimen que puedan implicar, una concentración superior a 1.000 personas; la celebración de eventos en espacios con aforo inferior únicamente si sólo se ocupa un tercio del aforo máximo autorizado, con el objetivo de garantizar un espacio de separación adecuado entre los participantes.
Resultando que estas medidas de restricción se aplican a espectáculos públicos, recreativos y de ocio, actividades culturales, religiosas, deportivas o similares, con independencia de que sean ofrecidas por un titular, explotador u organizador público o privado.
Resultando asimismo, en fecha de 12 de marzo, el Gobierno de Canarias dispuso la suspensión de la actividad lectiva en todos los centros educativos del Archipiélago desde mañana viernes, 13 de marzo, y durante un periodo de dos semanas (14 días).
Resultando que en fecha de 13 de marzo de 2020, y mediante Decreto de esta Alcaldía núm. 63/2020, se dispuso la adopción de una serie de medidas preventivas. Considerando que en fecha de 14 de marzo de 2020, se publica en el Boletín Oficial del Estado núm. 67, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En virtud de lo expuesto; por el presente vengo en
RESOLVER:
PRIMERO.- Tomar conocimiento e instar al cumplimiento en este Término Municipal de las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
SEGUNDO.- Mantener las medidas adoptadas en el RESUELVO PRIMERO (MEDIDAS PREVENTIVAS) del Decreto de la Alcaldía número 63/2020, con motivo del COVID 19, en cuanto no resulten incompatibles con el RD 463/2020; modificando por tanto el punto 4 de las mismas, al amparo del ANEXO del susodicho Real Decreto, disponiendo, de conformidad con el mismo, por tanto, y en este punto, el cierre de la Biblioteca Municipal. Respecto del RESUELVO SEGUNDO (VIGENCIA), mantener la vigencia de dichas medidas hasta que se dicte resolución en contra por ésta o por cualquier otra Administración competente.
TERCERO.- Cerrar al uso todas las zonas de afluencia masiva, como playas, y zonas de baño, zonas recreativas, plazas, parques, jardines y parques infantiles del término municipal de Valle Gran Rey en los que puedan darse concentraciones de personas. Aquellos que disponen de cerramiento exterior permanecerán cerrados e inaccesibles. Los que estén localizados en zonas abiertas quedarán precintados y debidamente señalizados. El incumplimiento de la orden de precinto dará lugar a la exigencia de las responsabilidades penales y administrativas que se establezcan en legislación vigente.
CUARTO.- Respecto a la celebración de velatorios, se limita la asistencia a un total de seis personas, debiendo aplicar las indicaciones de higiene emitidas por el Ministerio de Sanidad. Asimismo, se cierra al público el Cementerio Municipal y sólo se abrirá para la celebración de inhumaciones, quedando limitado el acceso a veinte personas (diez por patio), y teniendo en cuenta que deben respetarse las distancias mínimas de seguridad entre personas indicadas por las autoridades sanitarias, así como las restantes recomendaciones observadas por éstas.
QUINTO.- Proceder al cierre de todas las instalaciones municipales que seguían abiertas, y en concreto, el Centro Cultural de Valle Gran Rey, el Centro Sociocultural de Taguluche y Arure.
SEXTO.- Teniendo en cuenta que la realización de trámites administrativos no se encuentra entre las excepciones a la libre circulación de personas, y que asimismo se suspenden los plazos de los procedimientos administrativos, se procederá al cierre de la atención al público de forma presencial, en todos los servicios municipales, incluido el Registro General, habilitando todos los medios telemátivos necesarios (email, sede electrónica y teléfono).
SEPTIMO.- Proceder al cierre de toda instalación municipal cedida, en su caso, a terceros (asociaciones de ámbito social, deportivo, cultural, etc.).
OCTAVO.- Estas medidas se mantendrán vigentes hasta que se dicte resolución en sentido contratio por esta o cualquier otra Administracilón competente.
NOVENO.- Publicar en el Tablón de Anuncios y en la página WEB municipal la presente resolución así como el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y comunicar al Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos.
Lo que se publica para general conocimiento y cumplimiento.
En Valle Gran Rey.
El Alcalde,
Fdo., Cristopher E. Marrero Galván
Este es el enlace al RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19