
Resolución solicitudes de plaza para la prestación del Servicio Municipal de Ludoteca Infantil de Navidad 2022
RESOLUCIÓN DE LA CONCEJALIA DE POLÍTICAS SOCIALES, EDUCACIÓN E IGUALDAD HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Admitir las solicitudes de plaza para la prestación del Servicio Municipal de Ludoteca Infantil de Navidad 2022, que han sido presentadas por parte de las personas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
SEGUNDO.- Disponer que, conforme a las cantidades establecidas en el mencionado Anexo I de la presente Resolución, las personas solicitantes cuyas plazas hayan sido admitidas deberán proceder al abono del correspondiente precio público por la prestación del Servicio Municipal de Ludoteca Infantil de Navidad 2022, mediante transferencia bancaria en el IBAN ES97 0182 6597 5800 1000 0028 (BBVA), indicando en el concepto la referencia: “LUDONAVIDAD + nombre y apellido del menor”. Asimismo, el mencionado abono mediante transferencia bancaria del precio público se realizará con anterioridad al inicio del periodo de matrícula solicitado, y en todo caso, antes del 30/12/2022, debiendo presentar el correspondiente comprobante del pago bien
presencialmente en el Registro General de la Corporación o también a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valle Gran Rey en el enlace https://vallegranrey.
sedelectronica.es
TERCERO.- Disponer que el Servicio Municipal de Ludoteca Infantil de Navidad 2022 que se prestará desde el 23/12/2022 al 05/01/2023 ambos inclusive, de lunes a viernes (excepto fines de semana y festivos) en el horario de 07:30 horas a 14:30 horas, se realizará en las instalaciones del CEO. Nereida Díaz Abreu con entrada y salida por el acceso de la Calle Borbalán, N.º 4 de este T.M.
CUARTO.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en el portal Web Municipal a los efectos oportunos, dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón.
RECURSOS/ALEGACIONES
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de S/C de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
pertinente.